Las cogeneraciones podrán acogerse al mecanismo del topado de gas tras la publicación del Real Decreto-ley 17/2022.
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Las cogeneraciones podrán acogerse al mecanismo del topado de gas tras la publicación del Real Decreto-ley 17/2022.
21/09/2022En el contexto actual de elevados precios del gas natural en los mercados nacionales e internacionales, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.
A partir del 1 de octubre de 2022, y mientras dure su vigencia, también las plantas de cogeneración podrán acogerse al mecanismo temporal de ajuste de costes de producción de las instalaciones que utilizan como combustible gas natural, llamado coloquialmente “topado del gas”. Así, además de los ingresos por el pool, recibirán por la energía eléctrica vertida a la red la compensación regulada por el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo.
Las instalaciones que decidan acogerse a este mecanismo renunciarán temporalmente al régimen retributivo específico, por lo que dejarán de percibir la citada retribución. No obstante, se les eximirá del cumplimiento con las horas mínimas de funcionamiento o la eficiencia energética. Esta renuncia será reversible, recuperando las plantas a su finalización el derecho a percibir la retribución específica.
El Real Decreto-ley contiene otras medidas para mitigar la crisis energética, como la reducción del IVA al 5% hasta final de año a los consumidores, u otras para facilitar la implantación de energías renovables.
Pueden consultar el texto legal completo en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/21/pdfs/BOE-A-2022-15354.pdf